domingo, 13 de diciembre de 2015




El tema que yo sarolles de la investigacion es.
 La supremacía de la Constitución resulta de la necesidad de limitación de poder por el Derecho, que es inherente al derecho constitucional democrático y que el control es el vehículo a través del cual se hacen efectivas tales limitaciones. La supremacía constitucional supone una gradación jerárquica del orden jurídico derivado, que se escalona en planos distintos, los más altos subordinan a los inferiores, y todo en conjunto se debe subordinar a la Constitución.
El principio de supremacía constitucional está expresamente consagrado en la Carta Magna, en la siguiente forma: “La Constitución prevalecerá sobre todas las leyes y reglamentos” (1ª. parte del 2º. Inc. Del Art. 246 Cn.).  Está también reconocido implícitamente en otras disposiciones, como en el Art. 244 Cn. La Constitución salvadoreña acoge todas las consecuencias que la doctrina infiere de la supremacía constitucional, así como también el sistema de auto preservación que le da eficacia práctica al principio.
La Constitución salvadoreña, por medio del Art. 248, ha dotado de rigidez a sus disposiciones y, a algunas de ellas, de rigidez absoluta; o sea, que esta consecuencia de la supremacía está cumplida en la Ley Fundamental de El Salvador. Además, la Constitución fija los procedimientos para la creación de las normas que le están subordinadas, y cualquier acto o norma que quebrante la prohibición de las leyes de alterar los principios, derechos y obligaciones que ella ha establecido, es nulo.
La Supremacía Constitucional, como principio del Derecho Constitucional, postula ubicar a la Constitución jerárquicamente por encima de todas las demás normas jurídicas. Por su parte la calidad de norma suprema e nuestra constitución la encontramos plasmada en el texto legal del artículo 133 constitucional, el cual señala que: “Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la ley suprema de toda la Unión
La jerarquía de los Tratados Internacionales en el orden jurídico domestico es determinado por la Constitución de cada Estado,  la cuestión de que norma prevalece en el caso de conflicto entre las normas de derecho internacional y derecho interno,  está regida por el derecho constitucional de cada país, en términos generales las constituciones le  otorgan a éstos instrumentos internacionales.

jose alfredo cisnado 


No hay comentarios:

Publicar un comentario